Sí, si la ciudad tiene la responsabilidad de mantenimiento y posee la porción de la acera en la que resbaló y cayó y sufrió lesiones. Si otra entidad (como un propietario de propiedad privada, o una asociación de condominios o propietarios de viviendas) poseía la acera o era responsable de su mantenimiento, es posible que tenga que presentar una demanda para recibir una compensación por sus lesiones y pérdidas por resbalón y caída de una entidad distinta a la ciudad.
Entidades gubernamentales vs. propietarios de propiedades privadas
La mayoría de las ciudades y municipios poseerán las aceras públicas por las que la gente camina. De hecho, la mayoría de los gobiernos locales están a cargo de mantener las aceras en un estado seguro a través de un mantenimiento regular. Este precedente fue decidido originalmente en 1953 en el caso de Woods v. City of Palatka (en relación con la ley de Florida). Este caso determinó que una ciudad tiene la responsabilidad de mantener aceras seguras para sus ciudadanos como una función propietaria fundamental de la ciudad.
Sin embargo, el mismo caso estableció que la carga y la responsabilidad pueden compartirse con los propietarios de propiedades privadas, en algunos casos. Si un pasillo público está conectado de alguna manera a una propiedad personal, un propietario de la propiedad podría afectar negativamente la seguridad de la acera a través de árboles, arbustos o arrojando algún tipo de desechos en el pasillo. En estos casos, un propietario de propiedad privada, de hecho, sería responsable de un accidente de resbalón y caída en una acera pública.
Reclamaciones gubernamentales vs. reclamaciones civiles
Hacer una determinación con respecto a la responsabilidad y responsabilidad por un accidente de resbalón y caída es fundamental, ya que el resto del caso se desarrollará en base a esa decisión fundamental.
Demandar a una ciudad, municipio u otra entidad gubernamental
Si se determina que una ciudad, municipio u otra entidad gubernamental es responsable de cualquier lesión o pérdida resultante de un accidente de resbalón y caída en una acera pública, el primer paso es presentar una “notificación de reclamo” sobre el accidente con el Departamento de Servicios Financieros de Florida. Después de esta notificación de reclamo, hay un conjunto completamente diferente de reglas y plazos que una víctima debe seguir para intentar recibir una compensación por las lesiones sufridas en una acera pública propiedad y mantenida por la ciudad u otra entidad gubernamental. Además, el plazo de prescripción (fecha límite) para presentar un caso contra una entidad gubernamental en el estado de Florida es solo de tres años bajo FL § 768.28 (6) (a). Por lo tanto, el tiempo es esencial para asegurar que los derechos legales de una víctima sean protegidos.
Demandar a un propietario de propiedad privada
Si está intentando demandar a un propietario de propiedad privada, o a una asociación de condominios o propietarios de viviendas, no tendrá que alertar al gobierno de ninguna manera como lo haría si estuviera presentando una demanda contra una entidad gubernamental. En una decisión importante, el Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito de Florida dictaminó en el caso de Esther Del Rio v. City of Hialeah que los propietarios de propiedades privadas todavía pueden ser responsables de accidentes de resbalón y caída incluso si son propiedad de una entidad gubernamental.
Si planea presentar una demanda contra un propietario de propiedad privada, deberá:
- Alertar al demandado y a la compañía de seguros
- Entrevistar a los testigos
- Realizar una investigación
- Contratar testigos expertos
- Negociar con las compañías de seguros para intentar recibir una cantidad de indemnización adecuada por sus lesiones y pérdidas
Si sufrió una lesión grave, es posible que se enfrente a facturas médicas sustanciales, la incapacidad de volver a trabajar, lo que resulta en pérdidas de salarios, dolor y sufrimiento y otros daños no económicos, como la incapacidad de caminar, sostener a sus hijos o realizar tareas diarias. El plazo de prescripción para los casos de lesiones personales en el estado de Florida es de dos años a partir de la fecha del accidente según FL § 95.11, por lo tanto, es fundamental que comience el proceso lo antes posible, ya que los casos de resbalones y caídas pueden llevar una cantidad considerable de tiempo para desarrollarse.
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Aunque puede demandar a una ciudad si se resbala y cae en una acera, pueden haber otros responsables. Por ejemplo, propietarios de propiedades privadas, asociaciones de condominios o asociaciones de propietarios. Determinar la responsabilidad puede ser una tarea legal compleja y desafiante. Si bien en muchos casos en el estado de Florida, la acera pública en la que cayó será propiedad de una ciudad o municipio, es importante determinar la responsabilidad correcta para permitir que una víctima reciba una compensación por cualquier lesión o pérdida debido al accidente de resbalón y caída.
Contacte a Chalik & Chalik Injury Lawyers al (855) 529-0269. Podemos proporcionar una consulta gratuita sobre su caso de resbalón y caída que ocurrió en una acera y ayudarlo a determinar qué partes siguen siendo responsables de compensarlo por sus lesiones y pérdidas.